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Constitucion en Espagnol PDF Print E-mail

Esta Constitución se adoptó en la Conferencia de Praga efectuada en Julio de 1995. Los artículos 8 y 15 fueron modificados en la Conferencia de Toronto efectuada en junio del 2001.

Constitucion de la A.I.E.P.

Artículo 1
El nombre de la Asociación es: Asociación Internacional de Escritores Policiacos, tambien conocida como AIEP. La AIEP fue constituída en la Conferencia Internacional de Escritores Policiacos efectuada en La Habana, Cuba, en 1986. La presente Constitución sustituye la aprobada en aquella reunión, posteriormente ratificada en San Juan del Rio, Queretaro, Mexico.

Artículo 2
La AIEP es una organización autónoma e independiente sin afiliación política o religiosa, que acepta y actúa dentro de los principios humanitarios de la UNESCO.

Artículo 3
Los objetivos de la AIEP son:

  1. promover, apoyar y alentar el desarrollo de obras que correspondan al genero policiaco en las regiones y/o naciones donde éste carece de tradición.
  2. acopiar y distribuir información sobre el género en diversas naciones. contribuir a la distribución, publicación, estudio y disfrute de la literatura policiaca de todas las naciones mediante reuniones, simposios y conferencias y ofreciendo respaldo a la publicación de obras literarias, festivales y ferias del libro.
  3. abogar por la libertad de expresión de los escritores policiacos. combatir la censura en todas sus formas.

Artículo 4
La base de la AIEP es la membresía individual de escritores policiacos en todo el mundo y cada miembro es aceptado por el capitulo nacional. Todo escritor que desee ser miembro debe tener obra publicada en forma de libro, cine, televisión, radio o teatro. Aquellos que hayan demostrado actividad seria en otras esferas de la literatura policiaca también podrán ser miembros.

Artículo 5
Cada miembro de la AIEP debe adherirse a y cumplir con la Constitución de la AIEP y apoyar los propósitos y objetivos de la Asociación. Cualquier miembro que no cumpla con la Constitución sera suspendido de sus derechos o será expulsado por decisión conjunta del presidente de la AIEP y de los vicepresidentes. Las sanciones deberán ser aprobadas por, y podrán apelarse ante, la Conferencia.

Artículo 6
Aunque la base de la AIEP son sus miembros en lo individual, cada uno de ellos pertenece a un capítulo nacional o regional de la AIEP. Cada capítulo nacional o regional agregará a su nombre la frase "afiliado a la AIEP."
Cada capítulo se responsabilizar á con la elaboración de sus propios programas, premios y actividades.

Artículo 7
La autoridad superior de la AIEP corresponde al Congreso y a la Conferencia. Los delegados y miembros individuales de todos los capítulos deben tratar de reunirse anualmente para tratar cuestiones de interés y considerar asuntos que propendan al desarrollo de la Asociación. Tales reuniones serán designadas con los terminos "Conferencia" o "Reunión del Comité Ejecutivo," salvo cada cuatro afios, contados a partir de la creación de la Asociación, cuando sera designada con el término "Congreso."

Artículo 8
El presidente de la AIEP para los próximos cuatro años sera elegido en el Congreso. A la vez, los vicepresidentes serán designados por los miembros regionales que se hallen presentes. Los vicepresidentes representan los diferentes continentes (en la actualidad Europa Oriental, Europa Occidental, America Latina y America del Norte).
Al elegir al presidente, cada miembro presente en el Congreso ejercerá un (1) voto. Si el presidente fallece, renuncia, o por cualquier otra razón no puede culminar su mandato, los vicepresidentes se comunicarán entre sí y elegirán a uno de ellos para que complete el período cuatrienal de dicho presidente.

Artículo 9
El presidente de la AIEP brindará su apoyo a los capítulos y ejecutará las decisiones adoptadas por el Congreso o por la Conferencia.

Artículo 10
El lugar y fecha del Congreso y la Conferencia se decidirán el aflo previo a la celebración del evento. El capítulo que lo organice se responsabiliza con notificar a todos los miembros de todos los restantes capítulos la celebración de dicha reunión mediante carta a los presidentes de los restantes capítulos, quienes a su vez serán responsables de informarlo a los integrantes del capítulo.
En la Conferencia que se celebre el aflo anterior a un Congreso se designará un Comité de Elección en el cual debe haber un miembro por cada Continente (en la medida que ello sea posible). Dicho Comae tiene la obligación de preparar la elección del presidente.

Artículo 11
Durante las Conferencias y Congresos el o los secretarios designados en la reunión recogeran en acta las decisiones adoptadas. El protocolo se remitirá a los presidentes de los capitulos nacionales dentro de los tres meses posteriores a la reunión, quienes lo harán llegar a los miembros del capítulo.

Artículo 12
Los diferentes capitulos, de acuerdo con lo que sea tradicional o con lo que decidan los capitulos regionales, podrAn otorgar premios. Donde sea apropiado, el capítulo regional podrá conferirse en memoria de Dashiell Hammet, ya que la idea inicial fue otorgar un premio AIEP anual, que llevara tal nombre, al libro escogido como mejor novela policiaca del mundo. En el Congreso o la Conferencia los delegados pueden decidir el otorgamiento de un premio Gran Maestro de la AIEP a un escritor policiaco por logros a lo largo de su vida.

Artículo 13
La AIEP se disolverá si las tres cuartas partes de los capítulos afiliados a ella lo proponen por escrito, con seis meses de antelaci6n a la celebración del Congreso, y si las tres cuartas partes de los miembros presentes asi lo acuerdan.